jueves, 17 de diciembre de 2009

Entrevista en Aragón TV por la modificiación Ruidos Aeropuertos



VED LA NOTICIA:


http://www.peacram.com/modules/news/article.php?storyid=651



Esta es la propuesta que hemos conseguido rechazar:


Redacción actual del artículo 4 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, de Navegación Aérea
Artículo 4.
Los dueños de bienes subyacentes soportarán la navegación aérea con derecho a ser resarcidos de los daños y perjuicios que ésta les cause.


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 20.




ENMIENDA

De modificación.

Se modifica la Ley 48/1960, de 21 de julio, de Navegación Aérea.

ARTICULO 20 : Se añaden 2 nuevos apartados :

-- El artículo 4 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, de Navegación Aérea, queda redactado en los siguientes términos:
“Artículo 4.
1. Los dueños de los bienes subyacentes tendrán la obligación de soportar la navegación aérea, sin perjuicio del derecho a ser indemnizados por los daños que se ocasionen a las personas o las cosas que se encuentren en la superficie terrestre de conformidad con lo señalado en el Capítulo XIII de la presente ley, los tratados internacionales y el derecho comunitario europeo.
2. El justo equilibrio entre los intereses de la economía nacional y los derechos individuales y colectivos de las poblaciones circundantes a los aeropuertos civiles de competencia del Estado, obliga:
a) A los habitantes y poblaciones asentadas en las proximidades de estos aeropuertos a soportar los sobrevuelos, frecuencias, ruido y demás impactos ambientales producidos por las aeronaves como consecuencia del uso de la infraestructura aeroportuaria, sus aerovías y sus operaciones asociadas, siempre que:
1) dicha infraestructura no transmita al medio ambiente exterior niveles de ruido que superen los objetivos de calidad acústica señalados en la normativa estatal reguladora del ruido, en función de que se trate de infraestructuras preexistentes o nuevas infraestructuras, o,
2) si dicha infraestructura transmite al medio ambiente exterior niveles de ruido que superen los objetivos de calidad acústica, se haya establecido una servidumbre acústica por la Administración General del Estado conforme a lo previsto en esta ley y demás normativa estatal de aplicación.

b) A la Administración General del Estado a establecer servidumbres acústicas que permitan superar los objetivos de calidad acústica establecidos para cada área acústica, con el objeto de compatibilizar el funcionamiento, capacidad, desarrollo e inversión efectuada en las infraestructuras aeroportuarias con los usos del suelo, actividades, instalaciones o edificaciones implantadas o que puedan implantarse. En este caso, los terrenos y edificaciones incluidos en la zona de servidumbre acústica quedarán gravados con los niveles sonoros que se contemplen en los decretos de servidumbre para el exterior de las edificaciones, así como con los sobrevuelos y frecuencias que pudieran tener lugar respetándose dichos niveles sonoros. Las servidumbres acústicas deberán prever medidas correctoras o protectoras que garanticen el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica aplicables al espacio interior de las edificaciones establecidos en normativa estatal reguladora del ruido.

Las zonas de servidumbre acústica se delimitarán por la Administración General del Estado conforme a los criterios técnicos establecidos en la normativa estatal del ruido. Sin embargo, podrá ampliarse el ámbito de dichas zonas de servidumbre acústica, estableciendo en los correspondientes decretos de servidumbres acústicas medidas correctoras y de protección en relación al ruido interior de las edificaciones, para atender especiales circunstancias de las poblaciones circundantes al aeropuerto.

c) A la Autoridad Aeronáutica competente y al gestor aeroportuario a: evaluar y analizar de manera continua y eficiente los perjuicios ocasionados por la infraestructura a las poblaciones circundantes, establecer o proponer medidas paliativas de dichos perjuicios, incrementar la vigilancia de manera que se facilite la adecuada sanción de los incumplimientos que se pudieran producir así como sancionar dichos incumplimientos y, en general, adoptar o instar cuantas medidas se estimen pertinentes para compatibilizar una explotación eficiente y razonable de la infraestructura aeroportuaria con los derechos individuales y colectivos de las poblaciones afectadas.”

--- Se añaden dos disposiciones transitorias a la Ley de Navegación Aérea:
“Disposiciones transitorias
….
3ª. Las reglas contenidas el artículo 4 de la Ley serán de aplicación tanto a las infraestructuras aeroportuarias preexistentes como a las nuevas infraestructuras que puedan construirse en un futuro. Así mismo, estas reglas afectarán a los derechos individuales y colectivos de las poblaciones circundantes de los aeropuertos reconocidos o que pudieran reconocerse judicial o administrativamente.

4ª. En los aeropuertos con más de 250.000 movimientos al año, la Administración General del Estado aprobará sus servidumbres acústicas en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la ley de modificación de diversas leyes para su adaptación a la ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, así como los correspondientes planes de acción, que incluirán las correspondientes medidas correctoras o protectoras.

En tanto que se establecen estas servidumbres y sus correspondientes planes de acción, las poblaciones afectadas estarán obligadas a soportar los escenarios operacionales de mayor afectación acústica de los correspondientes aeropuertos, así como el ruido, sobrevuelos, frecuencias e impactos ambientales que pudieran resultar de dichos escenarios de operación.


Justificación:

La problemática generada en el entorno de los aeropuertos y la necesaria protección de los derechos individuales y colectivos de las poblaciones circundantes, hace necesario que se lleve a cabo la concordancia entre las previsiones contenidas en la Ley del Ruido 37/2003, de 17 de noviembre y la Ley de Navegación Aérea 48/1960, de 21 de julio.

La coordinación de ambos textos legales debe llevarse a cabo a la luz de la más moderna doctrina jurisprudencial asentada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, es decir, bajo el enfoque del justo equilibrio entre los intereses en conflicto: por un lado, el interés para la economía nacional implícito en toda infraestructura aeroportuaria estatal y; por otro, los derechos a la intimidad domiciliaria y a la integridad física y moral de los vecinos afectados.

Este enfoque equilibrado de los intereses en conflicto ha sido reconocido por la Resolución A35/5 de la 35ª Asamblea de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), así como por la Directiva 2002/49/CE, de 25 de junio, sobre evaluación y gestión del ruido ambiental, en la que se contempla el ruido generado en el entorno de los grandes aeropuertos en función de las poblaciones afectadas y las medidas que para paliar los efectos sobre dichas poblaciones deben contemplarse en los correspondientes planes de acción. A su vez, esta Directiva se basa en la Comunicación de la Comisión de 1 de diciembre de 199 sobre transporte aéreo y medio ambiente, en la que e analizan las diversas medidas a adoptar por los Estados para compatibilizar la operatividad de los aeropuertos con el respeto al medioambiente en su entorno.

Este justo equilibrio obliga a las poblaciones circundantes de los aeropuertos a soportar el ruido y los sobrevuelos derivados del uso de las infraestructuras aeroportuarias, siempre que en el entorno de dichas poblaciones se cumplan los objetivos de calidad acústica establecidos en nuestro ordenamiento estatal, o bien la Administración General del Estado haya establecido servidumbres acústicas limitadoras de sus derechos de propiedad e individuales. En cualquier caso, siempre debe respetarse la intimidad domiciliaria de las poblaciones afectadas garantizando en el interior de sus viviendas el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica establecidos en la normativa del Estado, debiendo implementarse medidas correctoras o de protección, como el aislamiento acústico, cuando ello resultara necesario.

Así mismo, la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos obliga tanto a la Autoridad Aeronáutica como al gestor aeroportuario a adoptar o instar cuantas medidas se estimen pertinentes para compatibilizar una explotación eficiente y razonable de la infraestructura aeroportuaria con los derechos individuales y colectivos de las poblaciones afectadas.

Si bien la Ley del Ruido y su reglamento de desarrollo no preveían un plazo concreto para aprobar las servidumbres acústicas de las infraestructuras aeroportuarias competencia del Estado, se considera oportuno que en los principales aeropuertos del Estado se aprueben dichas servidumbres acústicas y sus planes de acción en el plazo más breve posible. Debido a que la tramitación de los correspondientes decretos de servidumbres conlleva necesariamente un plazo no inferior a 6 meses, se considera que, en la medida en que la Administración va a garantizar a través de los mismos los derechos de las poblaciones afectadas, en tanto que los mismos no se aprueben deben mantenerse los niveles de ruido, frecuencias y sobrevuelos actualmente existentes.


Comentarios de la Asociación Nacional de Afectados por el Impacto del Tráfico Aéreo:


Los valores límite de calidad acústica establecidos por las Comunidades autónomas y los Ayuntamientos no pueden ser sustituidos por los valores menos restrictivos de la norma estatal ni si quiera con motivo del funcionamiento de infraestructuras aeroportuarias de interés general.

Dicho de otra manera, el ruido de las operaciones de los aeropuertos de interés general no puede superar los valores límite establecidos por las CCAA y Ayuntamientos, salvo que se establezcan servidumbres e indemnizaciones, tal y como venimos sosteniendo desde ACIMA y la Asociación Nacional de Afectados por el Impacto del Tráfico Aéreo (AIA) y contrariamente a lo que hasta este momento viene sosteniendo la administración Estatal y la Comunidad de Madrid.

En esta línea parece que también se pronuncia el Tribunal Superior de Justicia de Madrid cuando en su sentencia 699 de 21 de mayo declara nula la aprobación definitiva de la revisión de una normas urbanísticas en el Molar que permitían la urbanización de una zona afectada por ruido de aviones superiores a los 55dB, límite establecido por el Decreto 78/1999 de ruido para las nuevas zonas residenciales, porque la Comunidad de Madrid entendía que con arreglo a la excepción contemplada en su art. 2.2.esos valores límite no entraban en juego o no se aplicaban a las infraestructuras de interés general ni a las maniobras de aproximación de las aeronaves, como es el aeropuerto de Madrid-Barajas.

Lo importante de esa sentencia, pese a no abordar el problema de compatibilidad de los aeropuertos con la afección a las poblaciones circundantes en su integridad, es que determina que el ruido es materia propia del medio ambiente, respecto a la cual el artículo 149.23 de la CE atribuye al Estado competencia para dictar normas básicas, que teniendo el carácter de mínimos, pueden ser mejoradas por las Comunidades Autónomas mediante normas más restrictivas de protección ambiental , por lo que si el Decreto 78/1999 de ruido de la Comunidad de Madrid es más restrictivo que la legislación estatal “estaríamos antes normas adicionales de protección” de obligado cumplimiento, debiéndose respetar los valores de inmisión y emisión acústica que el decreto establece por ser más restrictivos y severos que los establecidos por la Administración del Estado.

Pero es que tampoco la Ley del Ruido , en la que a su vez dice amparase AENA, da pie a otra interpretación, pues si bien existen competencias exclusivas del Estado para la “delimitación” de las zonas de servidumbres acústica en relación con las obras de interés público y sus efectos, para el resto, se estará, en primer lugar, a lo que disponga la legislación autonómica. Y es que una cosa es el hecho de delimitar la zona de servidumbre acústica de un aeropuerto de interés general - que sólo lo puede hacer la Administración Estatal que es la que dispone de los datos precisos relativos a la infraestructura - y otra bien distinta es definir esas servidumbres en base a unos valores límite de inmisión y emisión distintos a los establecidos para cada área – previsiblemente afectadas- por las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos, si estos son más restrictivos, para lo cual carece de cobertura legal la Administración del Estado.

Que la Ley37/2003 de ruido se dicta con el carácter de norma básica al amparo del mencionado artículo 143.23ª de la Constitución lo dice la propia ley en su exposición de motivos en varias ocasiones y en especial, cuando habla de los valores límite, dice que las CCAA y los Ayuntamientos pueden establecer valores límite más rigurosos que los fijados por el Estado

Por otra parte la Disposición Adicional Primera lo dice expresamente : “Esta ley se dicta al amparo de las competencias exclusivas que al Estado otorga el artículo 149.1.16ª y 23ª de la Constitución, en materia de bases y coordinación general de la sanidad y de la legislación básica sobre protección del medio ambiente”.

Ahora bien, continúa diciendo esta disposición que “Se exceptúan de lo anterior ………… los apartados 2 y 3 del artículo 4, las disposiciones adicionales segunda y tercera y la disposición transitoria tercera que se dictan de acuerdo con el artículo 149.1.13, 20, 21 y 24”, es decir para estos supuestos la ley tiene el carácter de norma de obligada cumplimiento, dictada en virtud de competencia exclusiva, pero como veremos, ninguno de estos supuestos incluye la determinación de valores límite de inmisión acústica alguno.

Ø apartado 2 del artículo 4

“En relación con las infraestructuras viarias, ferroviarias, aeroportuarias y portuarias de competencia estatal, la competencia para la realización de las actividades enumeradas en el apartado anterior, con excepción de la aludida en su párrafo c, corresponderá a la Administración General del Estado.” Entre estas actividades no se encuentra precisamente la definición de valores límite de inmisión y emisión de aplicación a las zonas afectadas por las servidumbres, quedando además expresamente fuera de su competencia c) La delimitación del área o áreas acústicas integradas dentro del ámbito territorial de un mapa de ruido

Ø apartado 3 del artículo 4

En relación con las obras de interés público, de competencia estatal, la competencia para la …….. suspensión provisional de los objetivos de calidad acústica aplicables en un área acústica, corresponderá a la Administración General del Estado. No dice que esos objetivos de calidad hayan de ser los establecidos por el Estado, sino “los aplicables”.

Ø Disposición Adicional segunda. Servidumbres acústicas de infraestructuras estatales

1. La actuación de la Administración General del Estado en la delimitación de las zonas de servidumbre acústica atribuidas a su competencia, y en la determinación de las limitaciones aplicables en las mismas, estará orientada, de acuerdo con los criterios que reglamentariamente se establezcan, a compatibilizar, en lo posible, las actividades consolidadas en tales zonas de servidumbre con las propias de las infraestructuras y equipamientos que las justifiquen, informándose tal actuación por los niveles de calidad acústica correspondientes a las zonas afectadas. Tampoco aquí dice que los niveles de calidad acústica sean los establecidos por el Estado, sino “los correspondientes”, sobre los cuales, además, dice que se informará al responsable de llevar a cabo la “delimitación de la zona de servidumbre”.

2. En relación con la delimitación de las zonas de servidumbre acústica de las infraestructuras nuevas de competencia estatal, se solicitará informe preceptivo de las Administraciones afectadas, y se realizará en todo caso el trámite de información pública. Asimismo, se solicitará informe preceptivo de la comunidad autónoma afectada en relación con la determinación de las limitaciones de aplicación en tal zona y con la aprobación de los planes de acción en materia de contaminación acústica de competencia estatal. Este informe no sería preceptivo, sobraría, si la Comunidad no tuviera competencia alguna en la fijación de valores objetivo y valores límite.

3. Cuando dentro de una zona de servidumbre acústica delimitada como consecuencia de la instalación de una nueva infraestructura o equipamiento de competencia estatal existan edificaciones preexistentes, en la declaración de impacto ambiental que se formule se especificarán las medidas que resulten económicamente proporcionadas tendentes a que se alcancen en el interior de tales edificaciones unos niveles de inmisión acústica compatibles con el uso característico de las mismas. Tampoco aquí se faculta al Estado, en base a su competencia sobre aeropuertos, a contemplar otros valores de inmisión distintos a los establecidos por las CCAA y los Ayuntamientos, para el interior de las viviendas, de conformidad a los usos establecidos conforme a su facultad de planeamiento y normas urbanísticas o de ruido.

Ø




Ø En relación con las servidumbres acústicas de infraestructuras estatales la Disposición Adicional Segunda de la Ley 37/2003 establece la necesidad de informar la actuación por los niveles de calidad acústica correspondientes a las zonas afectadas siendo preceptivo el informe de la Comunidad sobre las limitaciones de aplicación en la zona.
Ø No consta en la mencionada ley que las infraestructuras de competencia estatal estén exonerados de respetar los valores de inmisión acústica aplicables y vigentes para cada zona sino todo lo contrario, tal y como vemos en:
o Art. 4: relativo a la distribución de competencias no incluye tal prerrogativa pero sin embargo sí establece su competencia para la declaración de área acústica como zona de protección acústica especial, para el supuesto de que dichos valores no puedan ser preservados.
o Art.12.5 obliga a los titulares de emisores acústicos, “cualesquiera que sea su naturaleza” a respetar los correspondientes valores límite.
o El art. 18.2.b) obliga a las administraciones a asegurarse que en las autorizaciones que se otorguen no se supere ningún “valor límite aplicable” sin perjuicio de las servidumbres acústicas, sin que como hemos dicho, en ningún apartado de la ley figure que los valores límite aplicables para una zona conforme a la normativa autonómica no lo sea en relación con las infraestructuras aeroportuarias de competencia estatal.
Ø Tampoco nuestra legislación aeronáutica define que es una infraestructura aeroportuaria ni mucho menos que tenga tal consideración una ruta aérea no incluída en una isófona.

25. La preservación de las zonas tranquilas y los espacios naturales protegidos frente a la contaminación ambiental e impacto de los aviones, los cuales deberán ser declarados zonas de exclusión de vuelos.

Trasladar la responsabilidad de la preservación de zonas tranquilas a las Comunidades Autónomas se contradice con la respuesta a la petición 21 en la que AENA dice que en a las infraestructuras aeroportuarias que ella gestiona no se aplican los valores límites establecidos por las CCAA.
Y aunque finalmente AENA aceptara la competencia de las CCAA para fijar valores límite más restrictivos tampoco serviría de nada si bajo el paraguas de un pretendido interés público, decidiera que el interés de llevar a cabo la infraestructura y sus rutas aéreas asociadas es prevalente respecto al interés de preservación ambiental que excluye los vuelos en un espacio protegido.
Sólo un verdadero compromiso y determinación de preservar un desarrollo sostenible de las infraestructuras hará posible que se respeten esas zonas tranquilas para la protección de los hábitats de fauna silvestre.




Ley 38/1972, de 22 de diciembre, de Protección del Ambiente Atmosférico.(BOE 309/1972 de 26-12-1972,
Por consiguiente, la saturación del medio atmosférico por las emisiones de un foco contaminador perteneciente a una actividad que, aun cumpliendo las normas sobre niveles máximos de emisión, aporte a la comunidad unos beneficios que no compensen los perjuicios que produce a la salud pública, podrá ser declarada ilegal, y la actividad causante de esta perturbación podrá ser sometida, por la fuerza del Derecho, a normas de emisión e inmisión más estrictas con el fin de dejar paso a otras actividades que satisfagan mejor los intereses económicos, sociales y comunitarios. Es, pues, necesario considerar que las normas sobre las emisiones e inmisiones son índices que no deben ser considerables como valores absolutos, sino que, según las condiciones de cada caso particular, pueden ser ajustadas en orden a su integración en un sistema de optimización.

El titular de las actividades contaminadoras debe tomar plena conciencia de que la reducción de las emisiones a la atmósfera por el funcionamiento de las mismas es un capítulo de sus costes de producción o gastos de mantenimiento con el que siempre debe contar.

miércoles, 28 de octubre de 2009

A partir del 3 de noviembre el 141 será circular

A partir del 3 de noviembre las obras del tranvía vuelven a cortar calles y modificar líneas, en ese nuevo contexto se ha aprobado que el 141 y el C-3 sean circulares.
Hemos hecho todo lo posible para que la medida se pusiese antes en marcha pero hemos topado con un muro.
El viernes en una nueva moción en el pleno del ayuntamiento volveremos a intervenir, junto a los barrios del sur, para pedir aumento de frecuencias y previsión de servicio público para conectarnos con Valdespartera con motivo de la previsible puesta en funcionamiento del nuevo Centro de Salud.
El recorrido del 141 será el mismo de salida de Montecanal hacia la plaza Emperador Carlos V, girará a Isabel La Católica y recuperará las paradas en el sentido de subida a Montecanal y Rosales.
Necesitamos información actualizada en los postes, en las marquesinas para saber cómo trasbordar y que se nos ponga paneles informativos con la actualización de los tiempos de las líneas en los barrios.

viernes, 23 de octubre de 2009

Polvo de Arcosur


Hemos realizado varias protestas por el tema del polvo que nos viene de Arcosur. Todas las obras llevan acarreado el movimiento de tierras, pero en el caso de Arcosur se han realizado montañas de acopio de material de más de 15m de altura que con el cierzo nos trae gran cantidad de partículas en suspensión, para las personas que sufren de alergias o de asma es un grave problema, además claro está de la molestia de la capa de tierra que se nos deposita por todo.
No sé porqué han tenido que quitar la capa de tierra vegetal de todo el suelo de Arcosur, estio ha provocado que se desprenda más fácilmente la tierra. Os adjunto la noticia del Heraldo, nuestro vecino Ramón Murillo ha llamado la atención en Heraldo Abierto.

martes, 13 de octubre de 2009

Nota Prensa Equipamientos Distritos

NOTA DE PRENSA
Junta Municipal Casablanca
EL PLENO DE LA JUNTA MUNICIPAL ACUERDA LA SOLICITUD DE LAS INVERSIONES NECESARIAS PARA EL DISTRITO QUE DEBERÍAN AFRONTARSE EN EL AÑO 2010
El Concejal Presidente, Modesto Lobón, reclama su ejecución con cargo al Presupuesto ordinario de 2010 o al Fondo Estatal de Inversión Local (FEIL)
La Junta Municipal Casablanca reclama también un incremento del 60 % en el presupuesto del distrito correspondiente al área de Participación Ciudadana

Zaragoza, 13 de octubre de 2009.- El Concejal-Presidente de la Junta Municipal Casablanca, Modesto Lobón, se ha dirigido al Vicealcalde de Zaragoza, Fernando Gimeno, para hacerle llegar el acuerdo al se que llegó el pasado 5 de octubre en el pleno de la Junta Municipal del distrito. Dicho acuerdo plantea las necesidades de inversión prioritarias para Casablanca que deberían acometerse con cargo al próximo Presupuesto Municipal de 2010 o con cargo a los recursos económicos que lleguen Fondo Estatal de Inversión Local del año que viene. Lobón ha explicado que “el distrito Casablanca, en el que también están incluidos los barrios de Valdespartera, Rosales del Canal y Montecanal, fue uno de los distritos que menos inversión por habitante recibió en el presupuesto de 2009 y en el Fondo Estatal que se encuentra en ejecución. De hecho, ninguno de los equipamientos pendientes y largamente reclamados por los vecinos tiene partida presupuestaria”. Por eso, la Junta Municipal Casablanca considera que 2010 debe ser “el año de Casablanca”, razón por la que el pleno del distrito ha acordado mayoritariamente el listado de equipamientos para los que es necesaria alguna consignación en el presupuesto municipal. Las inversiones son las siguientes

Zona de Casablanca-Las Nieves: 1) Centro Polivalente dimanante de la moción aprobada por unanimidad en el Pleno Municipal de 22 de abril de 2009, 2) Nuevas Aulas en el Centro Cívico Isaac Valero, 3) Reforma y Ampliación del Centro de Mayores Casablanca, 4) Ampliación de la Biblioteca Jesús María Alemany y 5)Proyecto de Reforma del Parque de los Incrédulos.
Zona de Valdespartera-Montecanal y Rosales del Canal: 1) Centro Deportivo Municipal, 2) Centro Cívico, 3) Escuela Infantil, 4) Biblioteca Municipal, 5) Proyecto de Reforma del Parque del Conocimiento, 6) Reparación de Quioscos en la Avenida de la Ilustración y 7) Carril Bici Rosales del Canal-Feria de Muestras.

Por otro lado, el pleno de la Junta Municipal Casablanca acordó también, por unanimidad, solicitar al equipo de gobierno municipal un incremento del presupuesto de la junta de un 60%, avanzando un poco más en el necesario proceso de descentralización administrativa. En este sentido, Modesto Lobón ha explicado que “el presupuesto municipal del área de Participación Ciudadana supera este año los 6 millones de euros, de los que menos del 25 % se gestionan desde los distritos. Si de verdad existe una voluntad de avanzar hacia un aumento competencial de las juntas municipales, creemos que debería hacerse un esfuerzo incrementando sus partidas”.

domingo, 27 de septiembre de 2009

Desconectados de Casablanca

El pasado viernes intervenimos en el pleno del Ayuntamiento de Zaragoza para exigir al Ayuntamiento que busque una solución antes del 3 de noviembre para los 3 barrios del sur: Montecanal, Rosales del Canal y Valdespartera.
Somos más de 20000 personas las que vivimos ya al Sur y no pueden dejarnos en la situación actual desconectados de guarderías, institutos, colegios, Centro de Salud, Hospital Militar, Hospital infantil, centros de mayores. La farmacia ahora más cercana la tenemos en Av. Gómez Laguna, parada frente a Aragonia.
El tráfico es caótico y más que lo será durante el tiempo en que funcione el recinto Ferial en las Fiestas del Pilar.
Necesitamos una modificación del recorrido del 141, ampliación de frecuencia del 41, carriles bus en los sitios conflictivos y ampliación de la duración del billete hora.
Los costes externos del tranvía en nuestro caso son inaceptables.
¿Cómo pueden dormir tranquilos por la noche diciéndonos que nos esperemos hasta noviembre?

martes, 15 de septiembre de 2009

Movilidad: nuevas frecuencias y desvío por obras del Tranvía




Ayer estuvimos reunidos con Carmen Dueso (Teniente alcalde de Servicios Públicos) las 3 asociaciones de los barrios del Sur: Valdespartera, Rosales y Montecanal.
Lo hicimos porque a partir del día 21 se cortará la entrada a la ciudad por Vía Ibérica.
Se ha presentado un plan hasta el 3 de noviembre con el que no estamos de acuerdo ya que nos dejará sin conexión directa con los colegios, guarderías, institutos, Centro de Salud, Hospitales, farmacias...
El 141 piensan llevarlo en ida y vuelta por Gómez Laguna y entrar por Violante de Hungría hasta la Pza. Emperador Carlos. Ahí habrá que trasbordar al 20 o al 30 para acceder a Casablanca y hacer la vuelta igualmente con el 20 o el 30 hasta Violante de Hungría.
El tan ansiado aumento de frecuencias decidieron unilateralmente no ponerlo en marcha el 31 de agosto y pasarlo al 21 de septiembre. Carmen Dueso desconocía ese punto.
Antes del 3 de noviembre se reunirán con nosotros (no sé si directamente) para ver si en función de cómo vaya la movilidad nos cambian el recorrido con alguna de las alternativas que habíamos propuesto:
1º recorrer los 300m desde la glorieta de Via Ibérica y entrar por Argualas para tomar la c/ Sagrada Familia, Embarcadero, La Vía y Asín y Palacios, llegada a Pza. Emperador Carlos y vuelta por donde Siempre: Isabel La Católica, Vía Ibérica...
2º Ir por Prolongación de Gómez Laguna, Vía Hispanidad, Asín y Palacios, Pza. Emperador Carlos y subida por Isabel la Católica.
3º Circular: Salir por Gómez Laguna, Violante de Hungría, Pza, Emperador Carlos, Isabel La Católica, Vía Ibérica...
Hemos entregado el plano con los servicios a los que nos van a resultan muy difícil acceder. El que hayan editado 30000 folletos no debería haber sido un problema para aceptar cambiarnos el recorrido que habían planificado: es cuestión de Voluntad política.

jueves, 23 de julio de 2009

Autobuses: 31 de agosto

Hasta el 31 de agosto no se regularizará nuestra situación con las líneas 41 y 141.
Vamos a sufrir obras durante la construcción del tranvía y tenemos que conseguir que tengamos enlace al nuevo Centro de Salud de Valdespartera cuando entre en funcionamiento. Os cuelgo una entrevista de Aragón TV.

Recepción Ayto. Lago y Depósito de Agua




El Ayuntamiento a propuesta de nuestra asociación de vecinos inició un expediente para recepcionar los equipamientos comunes que no estaban previstos debido a una modificación del proyecto inicial en el que las calles iban a ser privadas, se resolvió hacerlas públicas pero se dejó el agua de boca y de riego en una situación especial.
A resultas de las entrevistas llevadas a cabo por nuestra asociación con el personal técnico de varios departamentos del Consistorio, el Ayuntamiento ha resuelto que se queda con las instalaciones para lo cual deben estar en perfecto estado de conservación.
No tenía sentido que le tengamos que facturar el agua de riego que utiliza el ayuntamiento para regar los jardines, o que el depósito del agua sea privado dentro de una red pública.
Adjunto el escrito que nos dirige el Ayuntamiento y el escrito que hace la Junta de Compensación a los vecinos informando que seguirá hasta que se quede el Ayuntamiento las instalaciones y luego por fin se disolverá.
Saludos,

María Pilar Laguardia y Rosa Burgos

viernes, 3 de julio de 2009

Nuevo Mapa Sonoro de Zaragoza

PAJARICOS Y PAJARRACOS

EL NUEVO MAPA DEL RUIDO DE ZARAGOZA NO TIENE EN CUENTA LAS MOLESTIAS DE LA AVIACIÓN CIVIL Y MILITAR.

El barrio de Montecanal terminó de urbanizarse en 1994, año en el que empezamos a vivir los primeros “colonos” . Cuando llegamos apenas si notábamos ruidos de aviación ya que era muy escasa. Desconocíamos que estábamos situados bajo el pasillo aéreo del aeropuerto.

Todo el mundo dice que el aeropuerto estaba antes, y es cierto. La responsabilidad es de la administración local que conceden las licencias y también de la central que debe velar para que no se ubiquen aeropuertos cerca de los núcleos urbanos o que éstos se expandan en las proximidades de aquellos.

Ubicar núcleos urbanos debajo de la huella acústica del aeropuerto es un problema para los ciudadanos que sufrirán el impacto acústico, la contaminación del aire y el miedo al peligro de que haya un accidente y se desplome un aparato.

En el nuevo mapa sonoro de Zaragoza parece que a los barrios del sur solamente nos afectan los pajaricos y el cuarto cinturón. A mi no me sirve este mapa porque niega la afección acústica a muchos vecinos más de 17000 viviendas (Montecanal 3000 viv. Rosales 3000 viv y Valdespartera 10700 viv.). Los afectados somos muchos más y más que seremos: Plaza, Valdefierro, Garrapinillos , ARCOSUR (24000 viv.)...

Aena dijo ayer que para mediados de septiembre presentaría su huella acústica que había disminuido ya que los aviones civiles de ahora hacen menos ruido. No entendemos muy bien como puede haber disminuido la huella acústica si han aumentado considerablemente los vuelos de carga, somos según dicen el tercer aeropuerto de España. Pero sobre todo porque no existen estaciones que midan el ruido en las proximidades del aeropuerto para controlar que no se produzcan desviaciones de ruta o vuelos bajos.

Y ¿cómo sabremos el ruido total si el que hacen los aviones militares nadie los cuenta?

Los niveles de ruido de las aeronaves militares son muy superiores a los vuelos civiles o de carga, suelen ser del orden de 105db cuando vuelan en formación de varios aparatos y de 95db si van separados, los de pasajeros rondan los 80 o 85 db y si vuelan más bajos también incrementan considerablemente el nivel ya que este es sensible a la distancia.

Nos explicaron que el mapa sonoro de Zaragoza servirá para que los arquitectos a la hora de proyectar viviendas o equipamientos sepan el nivel de ruidos a que se hallan expuestos. Y yo me pregunto los que proyecten viviendas en Arcosur creerán que solo les afectan los pajaricos, a los pajarracos metálicos nadie los tendrá en cuenta.

Las medidas o medias del ruido es un galimatías que no siempre resultan adecuadas.
Un ejemplo: si te duchas con agua a 15º y de vez en cuando te sale agua a 90º, la media puede que sea de 28º. Según esto es una ducha agradable, pero seguramente tendrás que ir a que te curen las quemaduras. Así vemos que la zona de Moncasi está calificada de tranquila, total tienen ruidos 2 noches de 7.

Creemos que debe haber voluntad política para paliar y convivir con mejor calidad de vida a las zonas afectadas: instamos a que se utilice la pista sur por los aviones militares, a que no vengan a las 12 de la noche en verano produciendo un gran estruendo de más de 97 decibelios.

En la elaboración del mapa deberían haber contado con las entidades ciudadanas: Democracia participativa.

Pero sobre todo que las administraciones hagan cumplir sus leyes o sus acuerdos. De qué nos sirve que se haya aprobado en el 2005 por unanimidad en el Congreso de los Diputados una moción instando a equipar la pista Sur para que se aterrice sin visibilidad si al día de hoy no se ha actuado? De qué nos sirven unas normas sobre el nivel del ruido del ocio nocturno si el Ayuntamiento no hace cumplirlas? Durante 25 años los vecinos de San José han denunciado el Ferial.

miércoles, 24 de junio de 2009

Concurso de Dibujo en ZaragozaTV

Podéis ver parte del programa Adoquines del lunes 22 de junio.

lunes, 22 de junio de 2009

Concurso de dibujo


Más de 70 niños. Podéis ver las fotos.

jueves, 18 de junio de 2009

FIESTAS MONTECANAL 2009


Queremos animaros a participar en los diversos eventos, para que nos relacionemos y pasemos momentos alegres y divertidos. Felices Fiestas.

miércoles, 10 de junio de 2009

Aragón Abierto: Ruidos aviones

De nuevo cuelgo otro vídeo del programa Aragón Abierto, fué emitido dos días el 4 jueves y el domingo 7 de junio.

martes, 26 de mayo de 2009

Solicitud de intervención al pleno

AL EXCELENTÍSIMO SEÑOR ALCALDE


Mª PILAR LAGUARDIA PÉREZ, DNI 17.149.049-L, Presidente de la Asociación de Vecinos Sauces de Montecanal, NIF G-50671734, número de Registro de Entidades de Participación Ciudadana 1103, como mejor proceda dice:

Que al amparo del Reglamento Orgánico Municipal solicito poder intervenir en el próximo pleno el día 29 de mayo, en nombre de la Asociación que presido, en la moción que presenta el Grupo Municipal Popular con el número P- 1.387/09.

A efectos de notificaciones acompaño el siguiente número de teléfono: 619405105 y dirección de correo electrónico: ramonmurillo@telefonica.net

En la Inmortal Ciudad de Zaragoza a 27 de mayo de 2009


Fdo. Mª Pilar Laguardia Pérez

Moción pleno Ayuntamiento de Zaragoza 29/05/09

NOTA DE PRENSA

CONTRA LA CONTAMINACION ACUSTICA EN CASABLANCA

La contaminación acústica es uno de los factores medioambientales que en las grandes ciudades más perturban la calidad de vida. En Zaragoza, el impacto sonoro provocado por los vuelos de aviones militares está causando un apreciable deterioro de la calidad de vida en zonas de la ciudad como Casablanca, Montecanal, Valdespartera, Garrapinillos, Rosales Oliver, Valdefierro, Miralbueno y la Venta del Olivar

El deterioro de la calidad de vida que dicha contaminación acústica supone movió en su día al Defensor del Pueblo a emitir un informe donde indicaba que las administraciones públicas no podían inhibirse ante este problema, y exponía toda una serie de recomendaciones que las diversas administraciones, entre ellas el Ministerio de Defensa, tenían que cumplir.

En otro orden de cosas, la Ley del Suelo del año 2003 establece un calendario para diseñar los mapas de ruido en las distintas bases aéreas civiles, que finalizaba el 30 de junio de 2007. Han pasado casi dos años de esa fecha y el mapa de ruido del Aeropuerto de Zaragoza aún no se ha realizado.

El Ministerio de Defensa, al menos en el año 2005, se puso en contacto con el Ayuntamiento de Zaragoza y con el Gobierno de Aragón con el fin de resolver este asunto dentro del plazo marcado por la ley, pero la intención no se ha visto correspondida con la realidad y a la fecha de hoy, y a pesar de contarse con los instrumentos adecuados para levantar dichos mapas, siguen sin estar levantados, y los sistemas de gestión medioambiental están en fase de elaboración.

Sabido es, además, que en Zaragoza y su entorno aeronáutico se producen al año unos 19.000 vuelos militares, en torno a 20.000 civiles y 12.000 sobrevuelos, lo que supone un total del orden de los 51.000 vuelos civiles y militares, es decir, unos 140 al día, con un ruido que causa problemas indeseables para la población.

Por todo lo anterior, me he dirigido al Vicealcalde urgiéndole las siguientes acciones:

1º.-Solicitar a AENA la elaboración del Mapa Sonoro del Aeropuerto de Zaragoza.

2º.-Instalar, previo estudio correspondiente, una red de control acústico del pasillo aéreo del Aeropuerto de Zaragoza.

3º.-Constituir en la denominada "Mesa del Ruido" una comisión específica para el seguimiento de la problemática del impacto acústico en el entorno del Aeropuerto, conformada por asociaciones y colectivos de vecinos de la ciudad y administraciones implicadas.

4º.-Dirigirse al Gobierno de la Nación urgiendo el empleo de la pista 30 izquierda (30 L) del Aeropuerto, conocida como "Pista Sur", para los vuelos militares, y que dichos vuelos sean limitados al máximo en horario nocturno.

5º.-Organizar unas jornadas ciudadanas explicativas de la problemática acústica y sus líneas de solución, con particular referencia al entorno del Aeropuerto de Zaragoza.

Zaragoza, a 21 de mayo de 2009.

Modesto Lobón

Concejal-Presidente

Junta Municipal de Casablanca

viernes, 8 de mayo de 2009

Aviones Civiles y Militares

Hoy ha salido en Aragón TV. el reportaje que nos hicieron hace unos días sobre el impacto aéreo.
Los comentarios posteriores de que el aeropuerto estaba antes, y no sacar nuestro razonamientos ni lo que dijo en abril del 2005 el defensor del Pueblo ni la moción aprobada en nov. de 2005 en el Congreso de los Diputados dicen mucho de la falta de perspectiva de los contertulios o periodistas que sí lo sabían.

lunes, 27 de abril de 2009

Farmacia y Centro de Salud


Ya han pasado más de 15 años desde que vivo en Montecanal y seguimos sin Farmacia (está a más de 4km. la más próxima), el centro de Salud por fín está en marcha en la c/ Los Pájaros en Valdespartera (espero que nos den solución al transporte público y que hayan puesto la parada del futuro tranvía ahí), y quizás antes del 2010 contemos con Farmacia...
Os paso a informar de cómo va el tema os recuerdo que tras nuestra compadecencia en la Comisión de derechos humanos en las Cortes de Aragón en el final de la pasada legislatura y alegaciones resueltas favorablemente para la modificación del mapa sanitario (Dª Mª José Amorín 976714313), entrevistas con D. Julián de la Bárcena, entrevista con el Dtor. General D. Manuel García Encabo (976714306) las cosas están así:
.Farmacia
Ya se ha cerrado el plazo de las alegaciones al nuevo reglamento de convocatoria y adjudicación de oficinas de farmacia y la Asesoría jurídica (976715018) resolverá las mismas, está pendiente de publicarse en el boletín el reglamento.. Con lo cual el reglamento disminuirá los plazos, será más rápida la implantación.
Se aprobará por la Consejera, irá al BOA...
Hay que empadronarse, se pedirán datos del censo (no el último sino el que consta registrado y validado estatal) y en el primer semestre de este año 2009 espero que salga la convocatoria de oficinas de farmacia para el nueva zona de Valdespartera, Montecanal y Rosales.
1 farmacia por cada 2600 habitantes y por cada resto superior a 1500 (Ley 4/1999 de 25 de marzo art. 14).
Teléfonos de interés
DGA: Ordenación Farmaceútica D. Javier Mol 976714321(ya somos amigos de tanto que le llamo)
Cortes: Presidente comisión de salud D. Eduardo José Alonso 976289544 (PSOE)
Farmaceúticos. Presidente D. Juan Carlos Gimeno 976481414 (vecino de Montecanal está enteradísimo del tema)
.Centro de Salud
Lo paga Suelo y vivienda de Aragón 976204930 (Dirección de obras Irene)
Las obras comenzaron oficialmente el 2 de abril de 2008 y deben terminar el 2 de junio de 2009 (14 meses).
Posteriormente la administración lo equipará en un plazo de aproximadamente 3 meses y debe también dotarse de personal. Esperemos que funcione para El Pilar o fin de año.
Saludos,
Rosa Burgos
Secretaria A.V. Los Sauces de Montecanal

domingo, 26 de abril de 2009

Muestra cuentos desplegables y Cuentacuentos


El proximo día 29 en el Colegio Publico Montecanal y dentro de los actos programados en la Semana del Libro, tendrá lugar una original muestra de cuentos desplegables. Esta Muestra forma parte de una colección de más de 150 ejemplares pertenecientes a María-Pilar Laguardia, que lleva más de 30 años coleccionando este tipo de cuentos, en dicha Muestra se hará un breve repaso por la historia, fabricación y tipos de cuentos desplegables. Acontinuación tendrá lugar la lectura y presentación del cuento “Fabo El Duende del Canal” a cargo de su autora Pilar Hernandis. Este hermoso cuento nos narra la historia del Canal Imperial de Aragón, desde su nacimiento hasta nuestros días, pudiendo contemplar en su interior dibujados algunos de los más importantes monumentos que lo acompañan a lo largo de su recorrido, como la Fuente de los Incredulos en Casablanca ó el Puente de Torrero, todo ello acompañado magistralmente por la presencia de Hadas, Duendes como Fabo y toda la magia que envuelve el mundo del agua y la naturaleza.

miércoles, 8 de abril de 2009

Nos recibe EL JUSTICIA DE ARAGÓN




EL RESPONSABLE DE MEDIO AMBIENTE SOLICITARÁ AL AYUNTAMIENTO

DE ZARAGOZA QUE SE PUBLIQUE UN NUEVO MAPA DEL RUIDO

Zaragoza, 2 de Abril de 2009

La Asociación de vecinos Los Sauces de Montecanal, perteneciente a la “Asociación Nacional de Afectados por el Impacto del Tráfico Aéreo” ha sido recibida hoy por el Justicia de Aragón, institución a la que le han hecho entrega del Manifiesto de la asociación.

El Asesor responsable de Medio Ambiente, Don Jesús Olite Cabanillas, se ha interesado especialmente por los problemas presentados por esta organización vecinal, en concreto por el impacto acústico y ambiental que sufren los vecinos que viven cerca del aeropuerto de Zaragoza.

La presidenta de Los Sauces de Montecanal, Pilar Laguardia, ha solicitado, como medida más inmediata, el equipamiento de la pista Sur del aeródromo, D. Ramón Murillo, vocal , ha pedido que estudie la posibilidad de que los aviones militares o crucen por el bay.pass del ave o que los mismos aterricen y despeguen por el lado oeste.

La secretaria de la asociación vecinal y representante por el aeropuerto de Zaragoza de la Asociación Nacional de Afectados por el Impacto del Tráfico Aéreo, Rosa Burgos, aprovechó la ocasión para comentar que los aviones civiles y militares deberían ajustarse a las leyes europeas que son más restrictivas que las españolas en lo referente al ruido.

Don Jesús Olite Cabanillas, sensibilizado con el tema del impacto acústico de los aviones militares, ha prometido a esta asociación que desde la institución del Justicia de Aragón se hará un informe sobre este tema en concreto y que recabarán del Ayuntamiento de Zaragoza que publique el nuevo mapa del ruido de la ciudad, incluida las zonas próximas al aeropuerto. Igualmente enviarán un informe al Defensor del Pueblo Español, quien hace dos meses recibió a la Asociación Nacional de Afectados por el Impacto Aéreo.

sábado, 14 de marzo de 2009

Mascotas


A menudo nos hacéis llegar avisos con la pérdida o hallazgo de alguna mascota. Podéis aprovechar este espacio para publicarlo.

Aquí tenéis un plano de Montecanal y sus alrededores.
Está prevista la construcción de los puentes con el bº de Valdefierro.
El Centro de Salud que se abrirá en Valdespartera en la c/ Los Pájaros está marcado con una cruz.
El solar en el que se construirá el instituto colindando con Montecanal, detrás del Parque Central también está marcado.

Participación Ciudadana

Desde la Asociación de vecinos queremos estar en contacto con las personas que viven en el barrio y que nos podáis hacer llegar vuestras inquietudes.